Los invitamos a leer una entrevista realizada a nuestro director, el Dr. Jorge Carlos Medina sobre los elementos a considerar para incorporar refugiados en los centros de trabajo.
La Corte se está pronunciando sobre la inconstitucionalidad de la Ley de Migración por lo que refiere a los artículos 16, 17, 20, 97, 98, y 99 alegando que violenta el principio de igualdad.
Usualmente una mayoría contestaría que es la rama del derecho público que regula el flujo de personas extranjeras dentro de un territorio extraño.
No hay nada más erróneo que esa afirmación.